Asociación Cultural Laper LaiscrimAsociación Cultural Laper Laiscrim
Asociación Nacional de Gestión Cultural y Nuevas tecnologías
ESTATUTOS
Artículo 1
Se constituye en Málaga la Asociación denominada LAPER LAISCRIM dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, sometida al régimen de la Ley 191/1964 de 24 de diciembre, de Asociaciones y demás disposiciones legales.
Artículo 2º
La asociación se propone, sin ánimo de lucro, la consecución de los siguientes fines:
1. Dotar de formación complementaria a jóvenes estudiantes en los campos artísticos de nuevas tecnologías, multimedia, comunicación, diseño gráfico, fotografía, gestión cultural así como ciencias afines en estas materias.
2. Promover el nombre y la figura de Laper Laiscrim, polifacético artista plástico, astrólogo y humanista del siglo XVI.
3. Proveer a los jóvenes discapacitados físicos y psíquicos, así como aquellos jóvenes con problemas de aceptación social de formación e información de los diferentes campos, orientándoles a las posibles salidas para la integración de éstos en la sociedad.
Artículo 3º
Para la consecución de los fines reseñados en el artículo anterior, la Asociación llevará a cabo las actividades que se detallan va continuación, y que se desarrollan en todo caso de acuerdo con las disposiciones legales vigentes:
1. Gestión informativa relativa a los ámbitos académicos relacionados con las materias mencionadas en el mismo, así como la orientación a posibles salidas en los diferentes campos.
2. Realizar exposiciones y muestras de las actividades culturales y juveniles de los ámbitos artísticos, de gestión y de nuevas tecnologías, promoviendo así las Artes Plásticas, la relación con los medios de información y las enseñanzas relativas a estas materias.
3. Mantener contactos con diversas entidades y profesionales relacionados con estas disciplinas: Ayuntamientos, Diputaciones, otras Asociaciones, Medios de Comunicación, etc.
4. Y cualquier otro relacionado con los fines expuestos en el Artículo 2º.
Artículo 4º
El domicilio de la Asociación radica en la urbanización Jardines del Golf III, 34. 29730 Torre de Benagalbón (Málaga).
Artículo 5º
El ámbito donde la Asociación desarrolla sus actividades abarca el territorio nacional.
Artículo 6º
La Asociación se constituye por tiempo indefinido. Su disolución tendrá lugar conforme a lo previsto en los presentes Estatutos.